Aprobado el Real Decreto que regula las condiciones para la obtención de títulos de Graduado en ESO y Bachillerato

06 Junio

06 Junio 2017 por FEUSO | Actualidad

El Consejo de Ministros, ha aprobado, a propuesta del ministro de Educación, Cultura y Deporte, Íñigo Méndez de Vigo, un Real Decreto a partir del cual se regulan las condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato. Con este Real Decreto se pretende dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 5/2016 de Medidas Urgentes para la ampliación del calendario de implantación de las evaluaciones finales de etapa. Este Real Decreto se ha publicado en el BOE 132 del 3 de junio de 2017.    

Ese Real Decreto-Ley establecía que las evaluaciones solo tendrían un carácter muestral y finalidad diagnóstica, sin ningún efecto para la obtención de los títulos, hasta la entrada en vigor de la normativa que resulte del Pacto de Estado Social y Político por la Educación.

Para la obtención del Título de Graduado en ESO, los alumnos han de tener una evaluación positiva en todas las materias, o negativa en un máximo de dos siempre que estas no sean de forma simultánea Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas.

Para lograr el título de Bachiller, es necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos, con una calificación final que resultará de la media aritmética de las calificaciones numéricas de cada una de las materias cursadas en el Bachillerato, expresada, igualmente en escala de 1-10.

BOE Real Decreto ESO y Bachillerato.

 

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