Acuerdo con la Consejería de Educación sobre la paga extra de antigüedad

04 Octubre

04 Octubre 2006 por FEUSO | Andalucía

 USO, junto a todas las demás organizaciones sindicales y patronales más representativas de la enseñanza concertada en Andalucía, hemos firmado en el día de hoy el ACUERDO sobre la PAGA EXTRA de ANTIGÜEDAD en la EMPRESA, prevista en el IV Convenio Colectivo de los centros concertados. Para la USO, lo más sobresaliente del Acuerdo es lo siguiente:

  • La Consejería de Educación se va a hacer cargo de la totalidad del abono de la Paga Extra por Antigüedad de todo el profesorado de los centros concertados que figure en la nómina del pago delegado desde la fecha de entrada en vigor del IV Convenio Colectivo de la enseñanza concertada (17 de octubre de 2000), hasta la finalización del período de vigencia de Acuerdo o la firma del próximo convenio colectivo.
  • Los conceptos retributivos de la Paga Extraordinaria por Antigüedad serán: salario, antigüedad, complementos específicos y complemento autonómico de homologación (la incorporación de este concepto ha sido una de las reivindicaciones irrenunciables de la USO).
  • Los importes de los anteriores conceptos retributivos serán los correspondientes a la fecha de devengo de la mencionada Paga, incrementados en el interés legal del dinero, desde la fecha de devengo hasta la fecha de abono.
  • Los abonos de la Paga Extra de Antigüedad los efectuará la Consejería de Educación durante los años 2007, 2008 y 2009, cuando quedará normalizada la situación de todos los trabajadores.
  • Hemos establecido unas prioridades entre los grupos de trabajadores para percibir la Paga. En primer lugar, cobrarán los herederos de los ya fallecidos, a continuación los jubilados, después los trabajadores que devengaron el derecho hasta el 17.10.2000, y así, hasta los que cumplan los 25 años de antigüedad dentro del período de vigencia del Acuerdo. En cada uno de los grupos anteriores, la prioridad se establece considerando la antigüedad en la empresa y, en igualdad de condiciones, se prioriza al trabajador o trabajadora que ya hubiera iniciado la vía judicial.

 USO considera que este Acuerdo es muy beneficioso para los trabajadores, fundamentalmente por tres razones: a) supone mayores cantidades de las que nos están dando los jueces, en la mayoría de sus últimas sentencias judiciales; b) permite cobrar a los trabajadores con seguridad, en un plazo límite más corto, en la mayoría de los casos y c) tranquiliza y estabiliza al sector de la enseñanza concertada en Andalucía, generando un clima de negociación y diálogo del que podremos seguir logrando bastantes más mejoras para los trabajadores y trabajadoras en los próximos meses.
Finalmente, recordamos que este acuerdo no hubiera sido posible (o se hubiera retrasado bastante más) si la USO no hubiera tomado la iniciativa de presionar a la Administración y a las patronales, acudiendo al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el 21 de julio de 2002, interponiendo una demanda por Conflicto Colectivo y logrando de este tribunal, así como del Supremo, sentencias favorables a nuestras pretensiones. La Unión Sindical Obrera siempre transmitió serenidad a los trabajadores del sector y trasladó el mensaje de que todos los trabajadores y trabajadoras cobrarían la Paga Extra y que “no se hundiría el mundo” por ello; mientras, otras organizaciones, atemorizaban a los trabajadores y anunciaban cataclismos en el sector. Al final, todos los trabajadores van a cobrar la Paga de Antigüedad abonada por la Administración Educativa, con plena normalidad. Como la USO comprometió.

Se da la circunstancia de que este Acuerdo es el penúltimo en esta materia  que logramos en las demás  CC.AA. del territorio nacional. Solamente falta por llegar a un Acuerdo en Extremadura.

Acuerdo sobre la Paga Extra de Antigüedad.

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