13 Marzo
13 Marzo 2009 por FEUSO | Asturias
El 10 de marzo se celebró el juicio en la Audiencia Nacional por la demanda presentada por la Comunidad Autónoma de Asturias en la que pide la nulidad del artículo 61 del V Convenio de la Concertada.
En la vista, FEUSO se ha opuesto a la demanda de la Comunidad de Asturias y ha defendido enérgicamente tanto el derecho de los trabajadores a percibir la Paga de Antigüedad como la obligación de la Comunidad de hacerla efectiva al personal en pago delegado.
Asimismo, desde FEUSO se ha argumentado que la Consejería de Educación de Asturias no está actuando de buena fe, pues no ha intentado negociar en ningún momento con los agentes sociales, entre los que se encuentra FEUSO-Asturias, organización representativa de la enseñanza concertada asturiana.
Además, cuando se elaboraron los presupuestos del año 2008, prórroga de los del 2007, desde la Consejería de Educación de Asturias ya eran conocedores de su obligación de hacer frente a la paga extraordinaria por antigüedad. En las demás comunidades se efectúa el pago con total normalidad.