25 Septiembre
25 Septiembre 2007 por FEUSO | Castilla - León
1.– Las fiestas laborales con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León para el año 2008 serán las siguientes:1 de enero | Año Nuevo. |
7 de enero | Epifanía del Señor, por traslado del 6 de enero. |
20 de marzo | Jueves Santo. |
21 de marzo | Viernes Santo. |
23 de abril | Fiesta de la Comunidad Autónoma. |
1 de mayo | Fiesta del Trabajo. |
15 de agosto | Asunción de la Virgen. |
13 de octubre | Fiesta Nacional de España,por traslado del 12 de octubre. |
1 de noviembre | Todos los Santos. |
6 de diciembre | Día de la Constitución Española. |
8 de diciembre | Inmaculada Concepción. |
25 de diciembre | Natividad del Señor. |
2.– Tales fiestas se establecen sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local que habrán de determinarse para cada municipio por la autoridad laboral competente, a propuesta del pleno del Ayuntamiento respectivo.