Comunidad de Madrid

Obligación de los Centros Sostenidos con Fondos Públicos de informar de la Programación de Curso en el proceso de Admisión de Alumnos

06 Febrero

06 Febrero 2020 por FEUSO | Madrid

La Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid ha aprobado una Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa por la que se modifica la Resolución de 18 de diciembre de 2019 por la que se dictan Instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato de la Comunidad de Madrid para el curso 2020/2021. 
 
En resumen, la modificación de la instrucción dice lo siguiente: Previamente al inicio del proceso de admisión de alumnos para el curso escolar 2020/2021, todos los centros sostenidos con fondos públicos deberán hacer pública a través de su página web el proyecto educativo del centro que incluya, en su caso, el carácter propio;  el reglamento de régimen interior y las normas de convivencia; y  los programas educativos, incluyendo las actividades complementarias y extraescolares, señalando las que tengan carácter habitual, los recursos y los servicios complementarios del centro, que figuren en la programación general anual del curso actual, así como la información relativa a las actividades que conste en la memoria del curso anterior.  

Con anterioridad al inicio del período de presentación de solicitudes de admisión las familias podrán obtener información sobre las adscripciones de centros a través de los centros educativos y de la página web de la Comunidad de Madrid.  
 
Durante el proceso ordinario de admisión, cada centro sostenido con fondos públicos mantendrá expuesta en lugar visible información actualizada relativa a los centros a los que está vinculado mediante adscripción. Específicamente, en el caso de los colegios públicos, cada centro informará a las familias de los alumnos que cursan 6º curso de Educación Primaria acerca de los Institutos de Educación Secundaria adscritos, ya sea en la modalidad preferente o en la modalidad múltiple, según corresponda en cada caso, con el fin de que las familias puedan decidir si hacen uso de dicha prioridad de cara al proceso de admisión para el curso 2020/2021. 
 
Desde la Federación de Enseñanza de USO de Madrid, en consonancia con la Nota de Prensa emitida por nuestra Federación Estatal, valoramos muy positivamente la decisión de la Consejería de Educación. Las actividades complementarias y extraescolares son importantes. Si alguna de ellas fuera objeto de polémica, porque la materia tratada fuera controvertida, las Administraciones deberán garantizar la idoneidad de la actividad y buscar la máxima neutralidad ideológica mediante los cauces normales previstos. O, también, especificar su carácter voluntario sin que ello pueda constituir discriminación para ningún miembro de la comunidad educativa.
 
Os proporcionamos el enlace a la resolución:
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