Comunidad de Madrid

Convocatoria de la mesa de negociación del Convenio Colectivo de Profesores de Religión

09 Junio

09 Junio 2023 por FEUSO | Madrid

PROPUESTAS DE USO PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES LABORALES DEL PROFESORADO DE RELIGIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID


COMIENZO DE LA NEGOCIACIÓN 8 DE JUNIO DE 2023


Desde USO manifestamos la necesidad de llegar a los acuerdos que son necesarios para homologar al personal docente encargado de la asignatura de Religión en la Comunidad de Madrid. (Art.7 Cláusula de Revisión, Acuerdo Condiciones Laborales Profesorado de Religión 2004) a los profesores docentes de la Escuela Pública.


Destacamos dos cuestiones previas en la que nos basamos para hacer esta solicitud:

La Primera en base a que en idéntica circunstancia prestamos un servicio de interés público al igual el resto de los compañeros y miembros de los claustros a los cuales pertenecemos, y como tal debe ser tenido en cuenta, para la aplicación de las mismas o similares condiciones laborales y beneficios sociales al colectivo que pertenecemos. Principio este que la propia normativa de la Unión Europea viene avalando como primordial en el tratamiento de los empleados públicos de los diferentes Estados, y todo ello en base a principios de equidad e igualdad.


La segunda cuestión radica en el vínculo de la relación contractual (personal laboral definido “sustitutos”, o bien laborales indefinidos “fijos”. Insistimos que independientemente de la naturaleza de los contratos las cuestiones relacionadas con el ejercicio del desempeño de funciones son exactamente iguales.


Destacamos como esenciales las siguientes peticiones que hemos venido defendiendo:

  • Establecer un CONVENIO de aplicación a este profesorado como marco jurídico claro donde se recojan los aspectos básicos que de facto se les viene aplicando derivado del Acuerdo de 2004, Acuerdo de Equiparación de Permisos y Licencias del 2018, sentencias ganadas...de otras CCAA como Galicia, Murcia, Valencia, Navarra, Andalucía han ido dotándose de este instrumento para regular al colectivo especifico de Religión, creando cierta estabilidad y seguridad jurídica.
  • Que en dicho documento se establezca de forma clara que nuestro punto de encuentro, y de acuerdo con el servicio que prestamos la correlativa equiparación y homologación a los docentes del sistema público de Educación. Puesto que los Convenios se acuerdan con vocación se ser adatados y mejorados a los nuevos retos y circunstancias.
  • Medidas adaptadas a propiciar la ESTABILIDAD DE LA PLANTILLA. Establecer destinos fijos para los profesores que incluyan poder desempeñar otras tareas docentes que completen el horario, de hecho, en otros territorios autonómicos se permite.
  • Estudio y Regulación de mejoras en el ACCESO a la JUBILACIÓN. Partiendo de las condiciones de nuestros homólogos docentes públicos o bien y en base a nuestros contratos las mejoras que se aplican los empleados públicos laborales. (EBEP). La reducción de carga con docencia directa debiera ser tenida en cuenta en función la edad.
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