19 Abril
19 Abril 2011 por FEUSO | Asturias
La Federación de Enseñanza de USO-Asturias se felicita por la sentencia del Tribunal Superior de Asturias que revoca una decisión del Gobierno de Asturias en relación con la retirada de los conciertos educativos a varios centros de Asturias que imparten Enseñanza Diferenciada.
Desde la Federación de Enseñanza de USO pensamos que, como está sucediendo en otras Comunidades Autónomas, estamos ante un orquestado intento de imponer un único modelo de escuela. Frente a los que defienden un modelo uniforme, que quieren imponer por Ley, desde FEUSO apostamos por la pluralidad, la libertad y que pueden y deben existir distintas opciones para que las familias elijan libremente el modelo pedagógico que quieran para sus hijos.
Para FEUSO-Asturias, esta elección sólo se podrá realizar en igualdad de condiciones si existe el concierto educativo. De lo contrario estaríamos ante una situación claramente discriminatoria, pues sólo quien tenga recursos podrá elegir la educación que desee para sus hijos, algo que desde FEUSO siempre hemos rechazado
Adolfo Congil secretario general de la Federación de Enseñanza de USO-Asturias, ha manifestado el apoyo a la labor educativa que se realiza en estos centros y, también, la defensa de su sindicato a la concertación de centros como los de Fomento que permiten la variedad de modelos educativos, capaces de satisfacer en mayor medida las necesidades y preferencias de los padres en el momento de ejercer su derecho a la libre elección de centro docente.
A su juicio, ello será reflejo de un sistema verdaderamente democrático, en el que la educación no sea un monopolio del Estado, ni de las Comunidades Autónomas, sino un derecho fundamental. En consecuencia, FEUSO-Asturias aboga porque no se pueda imponer ni un modelo ni otro, ni la educación privada, ni la pública, ni la mixta ni la diferenciada; al contrario, se deben ofertar todos en igualdad de condiciones.
La Educación Diferenciada es un modelo, uno más, que conforma el proyecto educativo de estos centros y que previamente conocen los padres y madres que libremente optan por él en el ejercicio del derecho constitucional que les asiste de educar a sus hijos.
La Convención de la Unesco Relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la Enseñanza, ratificada por España, establece en su artículo 2: “las situaciones siguientes no serán consideradas como constitutivas de discriminación en el sentido del artículo 1 de la presente Convención:
— a) La creación o el mantenimiento de sistemas o establecimientos de enseñanza separados para los alumnos de sexo masculino y para los de sexo femenino, siempre que estos sistemas o establecimientos ofrezcan facilidades equivalentes de acceso a la enseñanza, dispongan de un personal docente igualmente calificado, así como de locales escolares y de un equipo de igual calidad y permitan seguir los mismos programas de estudio o programas equivalentes;
— b) La creación o el mantenimiento, por motivos de orden religioso o lingüístico, de sistemas o establecimientos separa! dos que proporcionen una enseñanza conforme a los deseos de los padres o tutores legales de los alumnos, si la participación en esos sistemas o la asistencia a estos establecimientos es facultativa y si la enseñanza en ellos proporcionada se ajusta a las normas que las autoridades competentes puedan haber fijado o aprobado particularmente para la enseñanza del mismo grado”.
Al referirse al derecho a la educación la carta de derechos fundamentales de la Unión Europea en su artículo 14.3 establece: "Se respetan, de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio, la libertad de creación de centros docentes dentro del respeto a los principios democráticos, así como el derecho de los padres a garantizar la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas”.
En consecuencia, la existencia de este tipo de centros no conlleva ningún tipo de discriminación; son centros debidamente autorizados por las Administraciones educativas para impartir la enseñanza y facilitan otra opción pedagógica para que los padres escojan libremente de acuerdo a sus propias convicciones, lo cual resulta coherente con el mandato constitucional vigente.
También desde FEUSO-Asturias vemos con preocupación que quienes cuestionan la financiación pública para este tipo de centros, se olvidan de su profesorado, que tiene los mismos derechos y obligaciones que en cualquier otro centro y, por tanto, a percibir sus retribuciones y demás condiciones sociolaborales con arreglo al concierto. Eso sí sería objeto de discriminación laboral por razón del tipo de centro en el cual realizan su trabajo.
Desde USO se apuesta porque existan y se promuevan centros que desarrollen la coeducación, pero el mismo derecho tienen los que en virtud de la autonomía organizativa y pedagógica plantean un modelo de Enseñanza Diferenciada. FEUSO-Asturias siempre defenderá el sano pluralismo escolar.
FEDERACIÓN DE ENSEÑANZA DE USO-ASTURIAS
Oviedo, 15 de abril de 2011