25 Enero
25 Enero 2012 por FEUSO | Asturias
La Federación de Enseñanza de USO-Asturias se felicita por la sentencia del Tribunal Supremo, comunicada en el día de ayer y en la que desestima la demanda presentada por el Principado de Asturias que pedía la nulidad del artículo 61 del V Convenio de la Enseñanza Concertada sobre la Paga extraordinaria por Antigüedad en la Empresa. Esta sentencia pone fin al largo conflicto provocado por la anterior Administración encabezada por el Sr. Areces, al dejar de hacer efectiva esta paga a partir de enero del 2008.
El Supremo ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional que, con fecha de 30 de noviembre de 2010, daba la razón a los trabajadores de la Enseñanza Concertada. Se refuerza así las tesis que siempre ha defendido FEUSO sobre el derecho de los trabajadores a percibir esta Paga de Antigüedad y la obligación de las Administraciones Educativas de las Comunidades Autónomas de hacerla efectiva al personal en pago delegado.
Desde FEUSO-Asturias pedimos a la Consejería de Educación del Principado de Asturias que asuma su responsabilidad poniendo fin a esta injusta situación y que, en cumplimiento de esta sentencia, haga efectiva la Paga de Antigüedad a los afectados, aplazada hasta hoy arbitrariamente.