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29 Abril

29 Abril 2020 por FEUSO | Madrid

Os enviamos la RESOLUCIÓN DE LA VICECONSEJERÍA DE POLÍTICA EDUCATIVA POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS INSTRUCCIONES DE 10 DE MARZO DE 2020, SOBRE EL APLAZAMIENTO DE LA INCORPORACIÓN, DESARROLLO Y CALIFICACIÓN DEL PERÍODO DE ESTANCIA EN EMPRESAS DE ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN CASOS DE FALTA DE DISPONIBILIDAD DE PUESTOS FORMATIVOS POR CAUSA DEL BROTE DEL VIRUS COVID-19

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Destacamos:

Tercera. Realización del módulo FCT en las empresas colaboradoras
Excepcionalmente, para aquellos alumnos que no optaron por el aplazamiento de la calificación del periodo de formación en empresas, y a partir de la fecha de las presentes instrucciones dispongan de una plaza formativa en una empresa para el inicio del periodo prácticas, los directores de los centros podrán autorizarles la realización del módulo de FCT siempre que se garantice un mínimo de 220 horas de duración en los ciclos de grado medio y grado superior. (130 horas en FPB).

Los alumnos que se hayan incorporado o se incorporen a empresas colaboradoras y estas les ofrezcan la posibilidad de llevar a cabo las actividades del programa formativo mediante la fórmula del teletrabajo desde su domicilio, podrán realizarlas.

La autorización de la extensión al mes de julio del módulo de FCT a que se refiere la instrucción segunda, letra a), de las instrucciones de 10 de julio de 2020, se podrá realizar en períodos no lectivos, siempre que no se sobrepasen las cuarenta horas semanales.

Cuarta. Realización del módulo FCT en el centro docente.
a) Durante el tiempo en que no se puedan reanudar las actividades presenciales por el estado de alarma, los centros programarán y desarrollarán dichas actividades a distancia o telemáticamente.
b) Realización de actividades formativas asociadas al entorno laboral en el propio centro docente, siempre que se reanuden las actividades presenciales en los mismos.
2. Estas actividades no requerirán la colaboración de la figura del tutor de empresa, se prolongarán hasta finalizar el curso escolar y serán evaluadas y calificadas por el profesor tutor del módulo de FCT.

Los alumnos de los ciclos formativos de grado superior pueden realizar el módulo de Proyecto de conformidad con la instrucción segunda de las instrucciones de 10 de marzo de 2020.
La valoración de la defensa de este módulo se realizará de forma presencial, siempre que la situación lo permita, en caso contrario, el centro organizará una sesión a través de herramientas telemáticas, de modo que los profesores puedan valorar el Proyecto de los alumnos y realicen esta evaluación a distancia.
No se creará ningún módulo que integre los módulos de FCT y de Proyecto, ni se creará un módulo de Proyecto en los títulos en los que no estuviera previsto, a que se refiere la Orden EFP/361/2020, de 21 de abril.
 
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