17 Octubre
17 Octubre 2011 por FEUSO | Enseñanza concertada
El 11 de octubre, FEUSO y el resto de las organizaciones presentes en la Comisión Paritaria de este Convenio mantuvimos una reunión para elaborar las Tablas Salariales correspondientes al año 2011, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 50 del Convenio, que prevé la actualización de los salarios con un incremento igual al IPC real con el que se cerró el año anterior, esto es, un incremento del 3%.En principio esta cuestión no tendría por qué ser discutida, ya que el criterio de revisión salarial está ya fijado en el Convenio y únicamente se trata de aplicarlo, sin que, además, dicho criterio se preste a confusiones. Sin embargo, y para nuestra desagradable sorpresa, las patronales han manifestado su reticencia a cumplir con lo pactado en el Convenio en materia salarial. De hecho, y alegando la situación del sector, han propuesto dos alternativas al respecto: La primera, directamente dejar congelados los salarios; la segunda, cumplir con la cláusula de revisión salarial a cambio de ceder en alguno de los siguientes aspectos: eliminar los límites semanales de jornada; eliminar el complemento por IT o reducir de 10 a 8 el número de días de vacaciones adicionales a los 30 días. Esta alternativas, según la patronal, serían con carácter transitorio, mientras dure la crisis, y con respecto a la segunda de ellas supondría condicionar la subida salarial a la cesión en alguna de las tres peticiones que han hecho, no a las tres en su conjunto.
Desde FEUSO hemos manifestado nuestra total negativa a estas dos propuestas. Hemos insistido en que los incrementos retributivos para los años de vigencia del Convenio ya están negociados en el propio Convenio y, por tanto, no pueden ser objeto de una nueva negociación. Por ello, hemos respondido a la propuesta patronal solicitándoles que apliquen, a la mayor brevedad posible, las nuevas Tablas Salariales.
La próxima reunión la mantendremos el día 14 de noviembre.