16 Abril
16 Abril 2012 por FEUSO | Profesorado de religión
El 12 de abril, una delegación de FEUSO mantuvo una reunión con el Subdirector General del Ministerio de Educación para tratar diversos temas relacionados con los profesores de religión no transferidos a las Comunidades Autónomas. Esta reunión, a la que asistieron también otros sindicatos, responde a la intención del Ministerio de continuar con las conversaciones de octubre que quedaron pospuestas a raíz de la convocatoria de elecciones generales y del cambio de Gobierno.El primero de los temas que se ha planteado ha sido el de la situación en la que actualmente se encuentra el pago de los trienios a este profesorado. Recordamos que tras la publicación de la LOE, que equiparaba salarialmente a los profesores de religión con los profesores interinos y, posteriormente, con la aprobación del EBEP, que reconocía a los interinos el derecho al cobro de trienios, se había venido reclamando y reconociendo este derecho también a los profesores de religión. Sin embargo, tras dos sentencias del Tribunal Supremo en sendos conflictos por esta materia, se les está denegado este derecho.
Los representantes del Ministerio explicaron la posición del Ministerio que era la siguiente: a aquellos profesores que ya tuvieran reconocido el derecho a percibir complemento por antigüedad (trienios), bien por sentencia firme o por reconocimiento en reclamación administrativa previa, mantener ese reconocimiento con sus consecuencias económicas, tanto de presente como de futuro.
A los profesores que no tuvieran reconocido el derecho al complemento por trienios, en base a las sentencias del Supremo, no se lo reconocerán. Esta medida la han justificado en que el Tribunal Supremo ha sentando jurisprudencia y el Ministerio no puede ir contra la misma.
Por parte de USO hemos manifestado nuestro rechazo a la denegación de este derecho a quienes no lo tengan todavía reconocido, ya que consideramos que se estaría haciendo una discriminación con respecto a los que obtuvieron el reconocimiento antes de las sentencias del Supremo. Además, seguimos considerando que el Tribunal Supremo ha errado la interpretación de la Disposición Adicional Tercera de la LOE de que nacía este derecho, como así había venido interpretando el propio Ministerio. Y que si bien la sentencia del Supremo había causado el daño que estábamos sufriendo, también estaba en esa sentencia el remedio, ya que si bien deniega la equiparación salarial de los profesores de religión con los interinos, reconoce el derecho a percibir este complemento o cualquier otro que tuvieran reconocido por convenio. En ese sentido, desde USO propusimos iniciar las negociaciones con la Administración para llegar a un Convenio o Acuerdo que diera cobertura a la percepción de los trienios de los profesores.
El Ministerio, con el fin de dar salida a este problema, recogió la propuesta de USO y lanzó la posibilidad de continuar los trabajos en la línea de alcanzar un Acuerdo o Convenio que recogiese las cuestiones laborales que afectan a estos profesores, entre las que se habría de reflejar el derecho de los profesores de religión de primaria no transferidos a percibir un complemento por antigüedad y otras cuestiones.
Para ello nos hemos emplazado para remitir entre todos los sindicatos un primer borrador de Acuerdo Marco o Convenio que recoja las condiciones de los profesores no transferidos y que a día de hoy no tuvieran reconocida por ley.