16 Febrero
16 Febrero 2018 por FEUSO | Profesorado de religión
Desde USO, celebramos la sentencia del TSJB que obliga a la Conselleria d’ Educació i Universitat de Baleares a ofertar la asignatura de Religión como optativa en 2º de Bachillerato. Esta sentencia ampara el derecho constitucional de las familias a elegir la enseñanza religiosa para sus hijos y, en consecuencia, a que se la incluya en el contenido curricular de 2º de Bachillerato.
Frente a las dificultades en los claustros, las reducciones de jornada, los problemas para cobrar el subsidio de desempleo…, esta sentencia nos reafirma a la Federación de Enseñanza de USO-Illes Balears en nuestra línea de actuación de defensa de los derechos laborales y profesionales de los trabajadores que imparten la asignatura de Religión, que no son trabajadores de segunda categoría.
Por otra parte, y ante las manifestaciones de la Sra. Presidenta Armengol (”Estamos en un estado laico, quien quiere practicar la religión debe hacerlo fuera del colegio”), conviene aclararle que un Estado es aconfesional simplemente cuando no tiene una confesión oficial; un país laico, además de eso, tiene una completa separación entre Iglesia y Estado"; y que el artículo 16.3 de la Constitución Española establece el principio de la aconfesionalidad del Estado al declarar que «ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia católica y las demás confesiones». Para la Constitución, el Estado español no puede ser indiferente ante el hecho religioso y está obligado a respetar la opinión de los padres en estas materias y a cooperar con las distintas confesiones y muy en particular con la Iglesia católica.
Tras la sentencia del TSJB, desde FEUSO confiamos en que la Conselleria d’ Educació acate con elegancia su contenido y muestre su voluntad para paliar, en la medida de lo posible, el daño que ha causado al colectivo