24 Julio
24 Julio 2012 por FEUSO | Universidades
El 19 de julio, FEUSO y el resto de los sindicatos y las organizaciones patronales, por unanimidad, hemos procedido a la firma del VII Convenio Colectivo de Colegios Mayores Universitarios.
Dicho convenio recoge mejoras económicas y sociales que, teniendo en cuenta la coyuntura actual del país y de la negociación colectiva, con continuos recortes sociales y merma del poder adquisitivo, podemos considerar que hemos firmado un convenio positivo para los intereses de los trabajadores.
En concreto, en materia salarial se aplicarán unos incrementos de casi un 4% (3,9%) en cuatro años: para los años 2010 y 2011, una subida del 1,5% respectivamente, aplicable con carácter retroactivo desde el 1 de septiembre de cada año; para el 2012, un incremento del 0,5% y para el año 2013, del 0,4%, en ambos casos desde el 1 de enero de cada año.
En derechos sociales, mantenemos la hora de reducción/ausencia de permiso por maternidad. Recordemos que por ley, cuando se trata de reducción corresponde tan sólo media hora, por lo que aquí conseguimos una mejora social importante al consagrar la hora para ambos supuestos. Además, introducimos todas las novedades legislativas en materia de conciliación de vida familiar y laboral que se han aprobado desde la publicación del anterior VI Convenio.
Como contrapartida, hemos de indicar, que las patronales querían suprimir las becas para la matriculación de los trabajadores y/o hijos en las universidades adscritas a los Colegios Mayores, bajo el pretexto de la subida de tasas universitarias y la inviabilidad económica que supone para los centros mantener la gratuidad de las becas. Finalmente, y tras mucho esfuerzo, hemos conseguido que se mantenga el 50% de la gratuidad.
En cuanto al resto de materias, únicamente destacar que hemos adaptado el texto a las últimas reformas laborales, estableciendo cautelas ante los previsibles cambios futuros, y hemos regulado un nuevo sistema de clasificación profesional basado en grupos. Además, hemos incorporado una cláusula de ultraactividad del convenio para que una vez finalizado la vigencia del mismo (hasta el 31 de diciembre de 2014), éste no pierda su vigencia si transcurrido un año no se ha alcanzado un acuerdo de nuevo convenio, evitando así que el sector pudiera quedarse sin normativa de ámbito sectorial.