En este Pacto se aplica, al igual que en el borrador del Real Decreto de acceso a la función pública docente, una baremación desigual para la experiencia profesional de los profesores de los centros públicos y concertados. No existen razones lógicas que justifiquen que una persona que trabaja como interina tenga una experiencia valorada en 0,45 puntos al año y una persona que está en un centro concertado haciendo el mismo trabajo tenga una experiencia valorada en 0,225 puntos al año. El trabajo es el mismo, la formación también y ninguno de los dos tiene ninguna oposición aprobada.
Si lo que se valora es la experiencia profesional: ¿hay alguna diferencia entre la labor docente de un profesor de la red pública y la red concertada? ¿Existe alguna modificación en las funciones de su trabajo dependiendo de la red a la que pertenezca? La respuesta es no, y por ello no estamos de acuerdo con los criterios que se aplican en este Pacto en cuanto a la baremación. Estando de acuerdo en los demás apartados, consideramos que ese sistema de valoración de la experiencia laboral debería ser modificado.