08 Enero
08 Enero 2020 por FEUSO | Actualidad
¿Cómo será la Jubilación en 2020?
En 2020, habrá cambios relacionados con la Jubilación. Jubilarse a finales de este año o el próximo año puede suponer un cambio tanto por la edad del trabajador como en la cuantía que se va a recibir por la pensión. Y es que 2020 trae cambios en el cálculo de los años cotizados que se tienen en cuenta para determinar la prestación. Las medidas son de carácter automático, ya que forman parte de la reforma de 2011 que hace que la edad para jubilarse se retrase paulatinamente hasta llegar a los 67 años.
Cambios en la edad de jubilación
En virtud del régimen establecido en la reforma de 2011, cada año se va retrasando la edad de jubilación. Este año 2020, la edad legal ordinaria será de 65 años y 10 meses. Esta edad se aplicará a aquellos que han cotizado menos de 37 años.
Si una persona llega a los 65 años en 2020 y ha cotizado 37 años o más, ya podrá jubilarse con 65 años.
Jubilación parcial
En relación a la jubilación parcial, el escenario también presenta cambios. En 2020, el trabajador que quiera acceder a la jubilación parcial deberá tener 61 años y 10 meses (dos meses más que en 2019) y presentar 35 años o más cotizados. En el caso de tener 33 años cotizados, se le exigirá al trabajador tener 62 años y 8 meses (dos meses más que en 2019).
Cambios en el cálculo de la pensión
Por lo que respecta al cálculo de la pensión que se cobrará en el momento de jubilarse, en 2020, se tendrán en cuenta los últimos 23 años cotizados. Estos años cotizados conforman la base reguladora, que es la suma de las bases de cotización en dicho periodo. Hay que valorar que cuantos más años se tengan en cuenta es posible que se recorte más la pensión, ya que en los últimos años de vida laboral es cuando mejores salarios se suelen cobrar.
Jubilación anticipada
La Jubilación anticipada por cuenta del trabajador comporta ciertos requisitos. Actualmente, para acogerse al régimen de Jubilación anticipada, los empleados deben contar con una edad inferior a dos años respecto a la edad de jubilación ordinaria requerida.
Si hasta ahora la edad de jubilación ordinaria es de 65 años y 8 meses para los trabajadores con una cotización menor a 36 años y 9 meses, la jubilación anticipada no podrá solicitarse antes de los 63 años y 8 meses. Estos plazos irán aumentando progresivamente hasta los 64 años en 2021 y los 65 en 2027.
Además, la Jubilación anticipada pasa también por contar con un alta laboral en el momento de la solicitud y certificar al menos 35 años de cotización, teniendo en cuenta que dos de esos años deberán figurar entre los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud de jubilación anticipada
Aunque para cerrar bien toda esta información, falta saber cuál será la subida de las prestaciones en el 2020. El hasta ahora Gobierno en funciones ha asegurado que se subirán el 0,9% y no perderán poder adquisitivo. Desde USO, esperamos que el nuevo Gobierno recién formado ponga en marcha la medida prometida.