05 Febrero
05 Febrero 2021 por FEUSO | Actualidad
USO ha dirigido un escrito al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para solicitar la ampliación del reconocimiento de la COVID-19 como enfermedad profesional a todos los trabajadores presenciales, como es el caso de los docentes y del Personal de Administración y Servicios (PAS). USO solicita que se amplíe el reconocimiento de las prestaciones por enfermedad profesional a los trabajadores y trabajadoras presenciales que día a día se exponen a contraer el virus en su lugar de trabajo o en el camino de ida y vuelta del mismo.
El Consejo de Ministros aprobó la declaración de la covid-19 como enfermedad profesional para los sanitarios (BOE 2 de febrero). Este reconocimiento ofrece una cobertura durante toda la vida del trabajador sanitario.
Así, el artículo 6 “otorga al personal que preste servicios en centros sanitarios y sociosanitarios inscritos en los registros correspondientes que, en el ejercicio de su profesión, durante la prestación de servicios sanitarios o socio-sanitarios, haya contraído el virus SARS-CoV- 2, las mismas prestaciones que el sistema de la Seguridad Social otorga a las personas que se ven afectadas por una enfermedad profesional”.
Desde USO celebramos este reconocimiento al personal sanitario y sociosanitario, pero creemos que se produce un agravio comparativo importante con otros trabajadores. Desde USO consideramos que ese reconocimiento se debe hacer extensivo al resto de trabajadores que, desde el primer momento en que se desencadenó la crisis sanitaria han estado en primera línea, trabajando presencialmente, exponiéndose a la enfermedad y, en muchos casos, contrayendo el virus. “Estos trabajadores sólo han tenido el reconocimiento como situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal, lo que no les da cobertura en caso de fallecimiento, ni se va a reconocer el origen laboral de las posibles secuelas que puedan padecer tras enfermar”, expone Sara García, secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral de USO.
Esta discriminación demuestra lo que desde USO hemos denunciado en numerosas ocasiones: que el derecho a la salud y a la protección y cobertura ante la enfermedad varía dependiendo de quien sea la empresa contratante.
Esta reivindicación se suma a otras reclamaciones anteriores de USO, como que el fallecimiento de las personas trabajadoras víctimas del COVID-19 que se encuentren en situación de asimilada a accidente de trabajo, sea considerado, a todos los efectos, accidente laboral.
En esa petición exponíamos que, pesar de la modificación recogida en el RD-Ley 13/2020, desde nuestra experiencia y dada las peculiaridades de esta pandemia, muy pocas personas trabajadoras pueden demostrar que la causa exclusiva de su contagio tiene origen laboral. Por lo que, en caso de que contraigan el virus, no van a tener ese reconocimiento de accidente laboral más allá de la prestación económica si sobreviven y ningún reconocimiento en caso de fallecimiento.