Se reducen los beneficios en el nuevo Acuerdo de Jubilación Parcial con relevo

10 Abril

10 Abril 2025 por FEUSO | Aragón

En la última reunión de la Mesa Sectorial celebrada el 7 de abril de 2025, se ha confirmado la decisión unilateral de recortar las condiciones del acuerdo vigente de acceso a la Jubilación Parcial Anticipada para los trabajadores de la Enseñanza Concertada Para USO, esta decisión, unilateral, supone un preocupante paso atrás en las condiciones laborales del sector.

Frente a los avances legislativos que han comenzado a aplicarse desde el pasado 1 de abril, el Gobierno de Aragón ha preferido mantener un marco normativo obsoleto, claramente perjudicial para los trabajadores y trabajadoras del sector.

Principales cambios:

  • Eliminación de la opción de Prejubilación con reducción del 50% de jornada mediante contrato de relevo.
  • Exclusión de las solicitudes de Prejubilación que superen los 2 años previos a la edad legal de jubilación, al no estar contempladas en el Acuerdo actual.
  • El nuevo acuerdo no incorpora la posibilidad de anticipar la prejubilación hasta 3 años antes de la edad requerida.
  • Tampoco se actualizan algunas posibilidades que podrían beneficiar al personal docente.

Los trabajadores podrán acceder al 75% de la Jubilación Parcial Anticipada con 63 años y 64 años y 8 meses. Se les aplicarán las cotizaciones establecidas por la Seguridad Social en función de los casos concretos.

Adjuntamos el texto del acuerdo, un resumen y dos anexos. La fecha de presentación de la documentación por parte de los centros será entre el 9 de abril y el 9 de mayo: la concentración horaria se iniciará el primer día lectivo de septiembre y tendrá una duración de al menos 15 días.

Más información:

1.- Instrucciones del Gobierno de Aragón para la Aplicación del Acuerdo sobre Jubilación Parcial firmado el 7 de abril de 2025.

2.- -Resumen de estas Instrucciones del Acuerdo de Jubilación Parcial.

3.- -Anexo I: Solicitud de Dotación para la Concentración Horaria para la aplicación de la Jubilación Parcial.

4.- -Anexo II: Acuerdo de Concentración Horaria de Jubilación Parcial Anticipada.

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