29 Noviembre
29 Noviembre 2019 por FEUSO | Madrid
SOLO SE EXIGIRÁ LA PARTE PROPORCIONAL DE LAS HORAS DE FORMACIÓN A LA JORNADA PARA COBRAR EL CPP
La Comisión Paritaria del XII CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL DE CENTROS DE ASISTENCIA Y EDUCACIÓN INFANTIL ha respondido a una pregunta de una delegada de FEUSO.
Enlace Respuesta Comisión Paritaria
Las preguntas y respuestas han sido las siguientes:
1.- En el caso de trabajadores a tiempo parcial, para poder cobrar el Complemento de Desarrollo y Perfeccionamiento Profesional, ¿es necesario que realicen las horas de formación que marcan en el artículo 59 o las horas son proporcionales a la jornada que realizan?
2.- Si un trabajador ha devengado un CPP a jornada completa y posteriormente pasan a jornada parcial ¿qué cantidad le corresponde cobrar por los CPP que devengaron a jornada completa, la correspondiente al 100%, o la correspondiente a la jornada parcial a la que han pasado? ¿Y en el caso contrario?
La respuesta es la siguiente:
1.- Está Comisión paritaria le informa que solamente serán exigibles la parte proporcional de las horas de formación correlativas a la proporción de jornada que realiza.
2. - Está Comisión paritaria le informa que le corresponde cobrar la parte proporcional al porcentaje de jornada parcial a la que hubiese pasado. En caso contrario la empresa deberá abonar la cantidad correspondiente al Complemento de Desarrollo Profesional completo.
Gracias al esfuerzo e interés de esta delegada de FEUSO, las trabajadoras de del XII CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO ESTATAL DE CENTROS DE ASISTENCIA Y EDUCACIÓN INFANTIL, ven reconocido su derecho a que se les exijan las horas de formación de acuerdo con la jornada que trabajan para cobrar el CPP.
Ya que el complemento lo cobran de manera proporcional, las horas exigidas también serán proporcionales.
Una vez más FEUSO y sus delegados están al servicio de los trabajadores