20 Abril
20 Abril 2020 por FEUSO | Madrid
En la Federación de Enseñanza de USO de Madrid, hemos tenido conocimiento de que diversas juntas municipales de distrito instan a las Escuelas Infantiles a que soliciten la suspensión de sus contratos para el servicio educativo con el ayuntamiento, a pesar de la presentación de un proyecto de teletrabajo de atención a alumnos y familias, encuadrado dentro del objeto de contrato y acorde al pliego de prescripciones técnicas.
Desde FEUSO – Madrid consideramos que en estos casos, no se tiene en cuenta en absoluto la recomendación del ayuntamiento favorable al mantenimiento, en lo posible, de los contratos, según el Decreto de 1 de abril de 2020, por el que se aprueban las Instrucciones sobre la prestación del servicio educativo en las Escuelas Infantiles, basado en el artículo 34.4 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. Creemos que no se tiene en cuenta el servicio que han seguido prestando estos centros, ni las difíciles circunstancias económicas por las que se hace pasar a los trabajadores afectados de manera innecesaria.
Creemos que las Juntas de Distrito que así actúen, están abusando en sus funciones de las Escuelas Infantiles adjudicatarias de los contratos, y que por este motivo, pueden ser objeto de denuncias por parte de las empresas y trabajadores afectados por dichas actuaciones.
DESDE FEUSO MADRID PENSAMOS QUE SEGÚN EL DECRETO DE 1 ABRIL PROMULGADO POR EL AYUNTAMIENTO, LOS TRABAJADORES DE ESCUELAS INFANTILES DE GESTIÓN INDIRECTA QUE PRESENTEN UN PROYECTO DE TELETRABAJO, NO DEBEN DE SER OBJETO DE ERTEs
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