24 Abril
24 Abril 2007 por FEUSO | Madrid
La Consejería de Educación, en la Orden 1634/2007, de 28 de marzo, regula la concesión de ayudas por desplazamiento durante el curso escolar 2006/07 a los profesores de Religión y otro personal docente al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid no sujeto a Convenio ni a Acuerdo Sectorial docente.
Tramo 1
El personal incluido en el ámbito de aplicación de la presente convocatoria que haya prestado servicios efectivos durante la totalidad del curso 2006/2007 percibirá una ayuda de 100 euros como ayuda a gastos de desplazamiento. Quienes hayan prestado servicios efectivos durante menos tiempo percibirán la cantidad proporcional al tiempo de servicios prestados.
Tramo 2
Contempla la concesión de una prestación económica para ayuda a la financiación del coste al que ascienda el gasto por Abono Transporte que cubra el desplazamiento entre el domicilio del solicitante y su centro de trabajo. Podrán recibir estas ayudas quienes hayan adquirido un título de transporte individual a su nombre.
Excepcionalmente, podrán recibir estas ayudas, aún sin haber adquirido un título individual para el uso de transporte público, los solicitantes que, cumpliendo los requisitos establecidos en la presente convocatoria, se encuentren en tres circunstancias:
a. Minusvalía igual o superior al 33 por 100, que dicha minusvalía incapacite para el uso del transporte público.
b. Desarrollar sus tareas docentes en localidades a las que el transporte público no permita el acceso en los horarios docentes ordinarios.
c. Cumplir horario en más de un centro dentro de la misma jornada laboral con periodicidad semanal.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes y la documentación complementaria correspondiente a los abonos mensuales de los meses de septiembre de 2006 a junio de 2007, y circunstancias análogas de las previstas en la base B.1.b) de la presente Orden será del 21 de mayo al 8 de junio de 2007.