27 Abril 2015 por FEUSO
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Profesorado de religion - Madrid
Ya ha sido publicada la orden 1012/2015 que permite al profesorado de Religión de Centros Públicos de Enseñanza no universitaria, obtener la habilitación lingüística en idiomas extranjeros.
Proporcionamos el enlace a la orden:
Procedimiento de Habilitación lingüística en idiomas extranjeros:
Orden 1012/2015, de 14 de abril de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 1275/2014, de 11 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de obtención de la habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y en centros privados sostenidos con fondos públicos, de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria, de la Comunidad de Madrid.