El sindicato USOCV gana en solitario a la Conselleria de Educación de la Comunidad Valenciana una sentencia por la que se reconoce que ha de tenerse en cuenta toda la formación realizada por los docentes en el periodo del cumplimiento de los sexenios. El decreto actual obliga a hacer nueva formación después del 2017, aunque el docente ya la tuviera hecha, en el periodo que le corresponde.
El TS ratifica la no admisión del recurso de la Conselleria a la sentencia del TSJ de Comunidad Valenciana 20/2021 contra algunos aspectos del Decreto 164/2017 que regula el complemento retributivo de los sexenios de los docentes de la enseñanza pública.
La demanda la interpuso en solitario el sindicato USOCV para defender los intereses de los docentes de la enseñanza pública y es especialmente valiosa para los interinos con antigüedad, funcionarios de carrera que se les aplicó el mismo Decreto, laborales docentes y profesorado especialista.
Esta sentencia estima parcialmente dos peticiones del sindicato USOCV muy importantes para estos docentes, ya que aclara la nulidad de la disposición transitoria del decreto en lo que se refiere a la necesidad de exigir créditos nuevos de Formación a los interinos si ya los tienen realizados en el periodo que les corresponde, y también reconoce que se tendrán en cuenta a los efectos de reconocimiento de sexenios el tiempo trabajado como personal laboral docente o con contrato administrativo como Profesor Especialista.
El Sindicato USOCV espera, además, que estos cambios que recoge la sentencia del TSJ, ratificada por el Tribunal Supremo, se apliquen lo antes posible y que no se demore la modificación del decreto en los términos de la sentencia.
Estamos satisfechos porque, aunque tarde, se reconocen los aspectos más importantes de la reclamación del sindicato USOCV.
FEDERACIÓN DE ENSEÑANZA DE USO