Al profesorado de religión trienios
28 de Abril por FEUSO, publicado en Madrid
En mayo de 2007 entra en vigor la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público relativo a las retribuciones del personal interino “se reconocerán los trienios correspondientes a los servicios prestados”. A su vez, la LOE en su Disposición Adicional Tercera recoge que los profesores de Religión “percibirán las retribuciones que correspondan a los profesores interinos”.