FEUSO-Illes Baleares consigue que la Conselleria pague el CRIB a los sustitutos

16 Mayo

16 Mayo 2014 por FEUSO | Noticias

La Federación de Enseñanza de USO-Illes Baleares ha conseguido que tras cinco años de continuos pleitos la Administración deje de discriminar a los sustitutos de concertada y pague el complemento retributivo de Illes Balears. Los sustitutos de la enseñanza concertada eran discriminados por la Administración desde la creación del CRIB en el año 2001. Como en el Acord de 2008 no se recogió la eliminación de esta discriminación, FEUSO-Illes Balears interpuso y ganó una demanda y sus respectivos recursos.

Este reconocimiento lo comunicó directamente la Conselleria d’Educació a FEUSO a través de su Director General de Planificació, Infraestructures Educatives i Recursos Humans, Bartolomé Isern Lladó, y tras tener el visto bueno de la abogacía de la CAIB.

En base a la sentencia ya firme de finales de septiembre de 2013, la Conselleria se ve obligada a asumir el pago del Complemento retributivo de las Illes Baleares (CRIB) que corresponde a los sustitutos que cubren una baja por Incapacidad Temporal (IT) en un centro concertado, es decir, que dejaban de pagar entre 420 y 580 euros a dichos sustitutos.

Esta situación ha sido tan manifiestamente injusta con los trabajadores de los centros concertados que hay casos de sustitutos donde las cantidades a reclamar  han ascendido a más de 20.000 euros.

Se han registrado en Conselleria d’Educació más de 50 denuncias individuales  de cantidades correspondiente a la sentencia ganada de sustitutos en la enseñanza concertada.

Hasta ahora estos trabajadores habían sido invisibles para otros agentes sociales; no así para USO.

También hay que recordar que la sentencia también reconoce el derecho a los sustitutos a no finalizar su relación laboral hasta que la persona sustituida no se reincorporara al trabajo. La Conselleria había hecho caso omiso a esta sentencia y  continuaba obligando a los centros a realizar estas malas prácticas, “aconsejando” verbalmente a que los centros concertados finalizasen  su relación contractual con este trabajador en periodos vacacionales, para ahorrarse así pagar estas vacaciones a los trabajadores o que los centros asuman el riesgo de no cobrar la sustitución a posteriori.

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