Prevención de los accidentes escolares (y II)

30 Octubre

30 Octubre 2014 por FEUSO | Noticias

La escuela es como un segundo hogar y, como tal, es el lugar donde se pasa gran parte del tiempo. En tal sentido, debe ser un lugar seguro o, por lo menos, es conveniente que se tomen las mayores precauciones para prevenir accidentes.


Aplicando el refrán es preferible prevenir antes que lamentar, se pueden evitar accidentes que pongan en peligro la vida o salud de alguien en cualquier sitio. En la escuela se está bajo el cuidado de un maestro/a, pero como es un grupo numeroso de niños, hay momentos en que se hace difícil cuidar de todos. Por ese motivo, es conveniente tener previsión, acatar y obedecer normas y así evitar los accidentes en la escuela.

La actuación preventiva de los accidentes escolares debe ir dirigida a dos vertientes:

1. La protección del medio, con el objetivo de lograr la máxima seguridad en el entorno y encaminada a lograr un entorno seguro, debe contemplar el cumplimiento de la normativa de seguridad vigentes.
2. La educación y formación del alumnado, con el objetivo de prevenir los accidentes y conseguir la mayor autonomía posible según las distintas edades, con el máximo de seguridad.
3. La prevención incluye una vigilancia del correcto estado de las instalaciones así como un uso adecuado de éstas.

RECOMENDACIONES SOBRE SOBRE MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LAS INSTALACIONES

1. Seguridad dentro de los recintos cerrados

El centro escolar debe tener en cuenta las siguientes medidas de protección del medio:

  • No usar abrillantadores para la limpieza de los suelos.
  • Cuidar que siempre haya una buena iluminación, sobre todo en las zonas de trabajo y de paso.
  • Las escaleras deben tener escalones bajos (menos de 17 cm.) y profundos (más de 28 cm.), con una buena iluminación, barandilla fuerte y pasamanos.
  • Las terrazas, azoteas y balcones tendrán barandillas altas y barrotes con separación de 10 cm. máximo.
  • Las ventanas tienen que tener cierres altos y ser inaccesibles para los pequeños.
  • Las puertas de vaivén situadas entre zonas de circulación tendrán partes transparentes o traslúcidas que permitan percibir la aproximación de personas y que cubran la altura comprendida entre 0,7 m. y 1,5 m. como mínimo.
  • Las grandes superficies acristaladas así como las puertas de vidrio estarán provistas, en toda su longitud, de señalización situada a una altura inferior comprendida entre 850 mm. Y 1.100 mm. y a una altura superior comprendida entre 1.500 mm. Y 1.700 mm.
  • Los muebles tendrán esquinas romas. Evitar salientes, aristas y pies o bases largos.
  • El agua caliente de los aseos no debe superar los 54º C.
  • Los servicios tendrán un sistema de seguridad que impida quedarse encerrado.
  • Hay que instalar cristales de seguridad en los lugares donde se puede chocar.
  • Vigilar el buen estado de las instalaciones en los aseos: baldosas, portarrollos metálicos, colgadores metálicos.
  • Vigilar el buen estado de las instalaciones en el gimnasio: espalderas, espejos y acolchado en columnas.
  • Vigilar estrechamente las instalaciones y aparatos de gas y electricidad.
  •  Los productos tóxicos (limpieza, pintura, pegamentos, etc.), así como los medicamentos se almacenarán fuera del alcance de niños y niñas.
  • Vigilar que los extintores estén en buen estado y en lugares conocidos por todas las personas adultas.
  • Existirán salidas de emergencia, bien señalizadas.
  • Tiene que existir un botiquín bien dotado y alguien que se encargue de su mantenimiento.
  • Es obligatorio que exista un plan de seguridad, de evacuación o emergencia. Y hay que realizar periódicamente un simulacro de evacuación.

2. Seguridad fuera de los recintos cerrados

El centro escolar debe tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

  • Los edificios del centro tienen que estar rodeados por una verja o valla de 1,5 m. de altura como mínimo.
  • Hay que suprimir las piedras e instalar una zona de arena dedicada al juego para el alumnado de menor edad.
  • Los bordillos de los areneros existentes en los patios, serán romos o redondeados. Se dispondrá de una zona de losetas de caucho que amortigüe las caídas.
  • Los toboganes deben llegar al ras del suelo, ser de una sola pieza en la parte descendente y tener barandillas altas laterales.
  • Los columpios deben tener barrotes para que no se puedan acercar otros niños cuando alguien se columpia. Los asientos serán blandos.
  • Hay que vigilar el buen estado de las instalaciones, tanto de las zonas de juegos infantiles (columpios, toboganes...) como de las canchas deportivas (porterías, canastas, redes…).
  • Vigilar el buen estado de las instalaciones generales: suelos de los patios, bancos de madera, alcantarillado, canalones...
  • Establecer normas de seguridad en el transporte escolar.
  • Frente a las salidas del centro escolar, en el borde de la acera, debe haber una valla que impida a los niños y niñas invadir la calzada al salir y sufrir un accidente. Su instalación es competencia del Ayuntamiento.
  • Comprobar que los accesos externos al colegio son seguros y tienen las señales de tráfico o señalizaciones oportunas (semáforos, pasos de cebra, señales informativas de la existencia de escolares...).

NORMATIVA VIGENTE

Los centros educativos deben reunir las condiciones de higiene, acústicas, de habitabilidad, accesibilidad y seguridad que señala la legislación vigente. Por ello, cabe destacar, la siguiente normativa de ámbito general:

  • Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la  educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria.
  •  Ley 31/1995, de 8 de noviembre, Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus modificaciones.
  •  R. D. 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en los Lugares de Trabajo.
  • Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real Decreto314/2006 de 17 de marzo.
  • Reglamento de Instalaciones de protección contra incendios. RD 1942/1993 de 5 de noviembre.

Además, cada Comunidad Autónoma, con competencias en Educación, tiene su propia normativa, que deberá ser aplicada adecuadamente en cada centro escolar.

Imma Badia Camprubí
Secretaria de Salud Laboral
FEUSO.-

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