La Mesa Negociadora del XII Convenio de Educación Infantil aplica la Revisión Salarial prevista para las trabajadoras de los centros de Infantil de gestión directa

12 Julio

12 Julio 2022 por FEUSO | Educación Infantil

La Comisión Negociadora del XII Convenio de Infantil se ha reunido el 12 de julio para dar cumplimiento al contenido de la Disposición Final 5 y la Disposición Transitoria 9 tal y como recoge la reciente sentencia ganada por USO y el resto de los sindicatos firmantes y que se hizo pública el pasado 15 de junio. Las trabajadoras cobrarán un 5,5% adicional en todos los conceptos. Adjuntamos el Acta de esta reunión, donde figuran las nuevas Tablas Salariales para estas trabajadoras que deberán publicarse en el BOE.

La demanda de conflicto colectivo que planteamos ante la Audiencia Nacional solicitaba la aplicación de la cláusula de revisión salarial recogida en la Disposición Final Quinta del Convenio. Gracias a esta sentencia se ha conseguido lo que era evidente: que debe aplicarse lo firmado en el Convenio. Por lo tanto, hay que abonar la diferencia del IPC y el salario previsto en el Convenio.

La Disposición Final del XII Convenio Colectivo afirma lo siguiente: “En el caso de que el IPC a 31 de diciembre de 2021 fuese superior al 1 por 100, se revisarán los salarios en el exceso de la indicada cifra con carácter retroactivo desde el 1 de septiembre de 2021”. La reunión de la Mesa Negociadora tenía como objetivo dar cumplimiento a lo suscrito en el Convenio: que debe abonarse la diferencia entre el IPC de 2021 (6,5%) y el salario pactado en Convenio para dicho año (1%). Este 5,5% adicional debe aplicarse en todos los conceptos. Esta revisión salarial se aplica a los centros de gestión directa y a las antiguas obras sociales.

La Mesa Negociadora ha aprobado también que, teniendo en cuenta la actual situación del sector, se facilite a las empresas de manera excepcional una ampliación del plazo para que puedan realizar estos atrasos de hasta tres meses después de la publicación de las Tablas Salariales en el BOE. En ningún caso, el pago de estos atrasos podrá efectuarse después del 31 de diciembre de 2022.

Gracias a esta sentencia, que ha confirmado la postura que USO ha defendido en todo momento, las patronales han tenido que cumplir el Convenio en los términos en los que se negoció, sin interpretaciones oportunistas.

En FEUSO seguiremos trabajando para que se cumpla lo pactado y que las trabajadoras de este sector recobren la pérdida de poder adquisitivo que están padeciendo en los últimos años. Además, desde FEUSO continuaremos negociando para que el próximo Convenio Colectivo recoja nuevas mejoras de las condiciones económicas y sociales de las trabajadoras. Del mismo modo, exigiremos a las Administraciones la universalización de la gratuidad del ciclo 0 a 3 años, que es la medida más urgente y necesaria para dar estabilidad a este sector que sigue atravesando un crítico momento.

 

ACTA TABLAS SALARIALES 12 JULIO.

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