Principio de Acuerdo en el VII Convenio Colectivo de la Enseñanza Concertada

30 Abril

30 Abril 2021 por FEUSO | Enseñanza concertada

FEUSO y las organizaciones sindicales FSIE y UGT hemos alcanzado un principio de acuerdo con las patronales del sector para la firma del VII Convenio Colectivo de la Enseñanza Concertada. Este preacuerdo, firmado el 30 de abril, recoge las líneas maestras que posteriormente se desarrollarán en el articulado del VII Convenio. Este principio de acuerdo queda abierto para la firma hasta el 11 de mayo por si otras organizaciones sindicales presentes en la Mesa Negociadora desean adherirse. 

Desde USO consideramos muy positivo este principio de acuerdo por varios motivos: en primer lugar, por el contenido del mismo, que recoge para nosotros algunas mejoras significativas sobre el actual Convenio, además de consolidar las ya alcanzadas en el actual; segundo, porque hemos alcanzado un acuerdo en un contexto francamente difícil, en medio de una pandemia sanitaria a nivel mundial, con una crisis económica y social que azota al país y a la que no se le ve fin y un sector, el de la Enseñanza Concertada, que ha sido dejado de lado en la actual ley educativa, la LOMLOE. Además, destacamos el amplio respaldo alcanzado por parte de todos los agentes sociales y patronales en la firma del mismo, lo que asegura la paz social y la estabilidad del sector para los próximos años.

Principales novedades

Entrando en materia, a continuación os exponemos los principales cambios que vamos a desarrollar en el próximo VII Convenio Colectivo y sobre los que versa el principio de acuerdo alcanzado hoy:

- En materia de permisos retribuidos, se ha acordado, para todos los permisos, que cuando el día del hecho causante coincida con festivo, empezarán a disfrutarse el primer día laborable. Además, en los casos en los que coincida con un día laborable, si el trabajador ya hubiera realizado el 70% de la jornada, dicho día no computará, empezando a contarse a partir del día siguiente. También, en caso de haber algún día de fin se semana entremedias, este no se contará dentro del cómputo de días a los que se tenga permiso.

- Siguiendo dentro del capítulo de permisos y, en concreto, el de hospitalización de un familiar, regularemos la posibilidad de diferir el día de comienzo del disfrute, de tal forma que no debe necesariamente coincidir con el primer día del hecho causante, sino que el permiso podrá comenzar a lo largo de la hospitalización. De esta forma, daremos una mejor respuesta a la finalidad de este permiso, permitiendo que las personas hospitalizadas puedan verse acompañadas y ayudadas de sus familiares durante más tiempo. 

- Se crea una bolsa de 20 horas retribuidas para todo el personal afectado por este convenio, que se podrán disfrutar a lo largo del año para la asistencia a consultas médicas, tanto propias como de hijos menores de edad, cónyuge, padres y familiares de primer grado de consanguinidad que no puedan valerse por sí mismos.

La creación de un permiso de estas características era una petición largamente solicitada por los trabajadores, ya que ni el Convenio Colectivo ni el Estatuto de los Trabajadores recogen esta posibilidad. De tal forma que, hasta ahora, los trabajadores que debían hacer frente a alguna de las situaciones cubierta con esta bolsa bien tenían que recuperar posteriormente las horas de ausencia o se les podía descontar de su salario el tiempo que se habían ausentado. Ahora, podrán acudir al médico y acompañar a hijos y familiares, sin merma alguna de sus condiciones laborales. De esas 20 horas, 10 podrán ser destinadas para asistir a tutorías de los hijos.

- Por último, dentro del capítulo de permisos, las parejas de hecho legalmente registradas podrán disfrutar del permiso de matrimonio en los mismos términos que los propios matrimonios, permiso que experimentará una mejora en el propio Convenio posibilitando anticipar su disfrute hasta tres días antes del hecho causante.

- En relación con las excedencias, crearemos una nueva destinada a las víctimas de violencia de género, por un tiempo entre tres meses y un año, con reserva de puesto de trabajo.

También, dentro del capítulo de excedencias, mejoramos la excedencia voluntaria introduciendo la posibilidad de pactar la reserva del puesto de trabajo. Hasta ahora sólo se mantenía una mera expectativa.

- En materia de jornada, se reducirá la del Personal de Administración y Servicios (PAS) en un total de 30 horas anuales a lo largo de la vigencia del Convenio, de tal forma que, de las 1.600 actuales, se pasará en 2022 a 1.590 horas anuales, en 2023 a 1.580 y en 2024 quedará definitivamente cerrada en 1.570 horas. Sus salarios, como veremos más adelante, experimentarán los mismos incrementos que el resto de personal para los años 2020 y 2021.

- En relación con la creación de nuevos complementos salariales, como, por ejemplo, los sexenios, se facultará a las organizaciones negociadoras del Convenio para que, en el ámbito autonómico, puedan alcanzar acuerdos que regulen la creación de nuevos complementos en los términos que pacten que, en ningún caso, puedan poner en riesgo la actual estructura salarial. 

- En salarios, se ha pactado una subida salarial del 2% y del 0,9% para 2020 y 2021, respectivamente, para todo el personal y sobre todos los conceptos. Destacamos que estas tablas salariales reconocen unos incrementos salariales iguales para el personal en pago delegado y el personal en pago directo. 

- Creación de Comisiones Técnicas: Este será uno de los puntos más importantes que regulará el nuevo Convenio ya que en la actualidad los convenios colectivos son “cuerpos vivos” que pueden ser modificados a lo largo de su vigencia. Esto permite a sus negociadores poder modificarlos o incluir nuevos aspectos no regulados hasta ese momento, tal y como hicimos durante la vigencia del VI Convenio con la regulación del registro de la jornada y de las salidas escolares.

Así pues, se prevé la creación de Comisiones Técnicas que, a lo largo del VII Convenio, se encargarán de negociar aspectos de vital importancia, como los siguientes: el teletrabajo, la desconexión digital, la clasificación profesional y la realización de cursos de formación.

Además de todos estos temas, que mejoran las condiciones socioeconómicas de los trabajadores de la Enseñanza Concertada, se incluirán otras como disminuir a 15 días el preaviso para el acceso a centros públicos de quienes ya estaban en las listas; regular, previo visto bueno de la comisión paritaria, la ampliación del contrato eventual para situaciones excepcionales, como las que hemos vistos con la pandemia, de forma que se facilite la ampliación de plantilla es situaciones como la mencionada; facilitar la disminución de la carga lectiva de los mayores de 58 años, sin disminución de salario, cuando en el ámbito autonómico se lleven a cabo incrementos de ratio que lo posibiliten.

A la espera de plasmar todos estos acuerdos en el cuerpo del VII Convenio Colectivo, desde la Federación de Enseñanza de USO valoramos el esfuerzo realizado por todos los agentes y organizaciones presentes en la Mesa Negociadora para llegar a este principio de acuerdo. Estamos convencidos de que las medidas adoptadas van a mejorar de forma objetiva las condiciones de trabajo tanto de docentes como del Personal de Administración y Servicios, dando estabilidad al sector durante los próximos cuatro años de vigencia del nuevo Convenio.

 

Federación de Enseñanza de USO

Madrid, 30 de abril de 2021

 

 

 

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