04 Septiembre
04 Septiembre 2012 por FEUSO | Profesorado de religión
Acabamos de conocer la enésima sentecia sobre la asignatura de Religión, en este caso, el Tribunal Supremo ha anulado las normas que regulaban de modo contrario a la ley, la enseñanza de religión en dos comunidades autónomas por exceder lo establecido en leyes de rango superior, en un caso afectaba a la decisión de los padres y en el otro, a la existencia de alternativa y a no ser relegada esta asignatura fuera del horario escolar. Del mismo modo, el Tribunal Supremo, recuerda en su sentencia, que esta asignatura debe ser tratada “en condiciones equiparables a las demás disciplinas fundamentales”.
Con esta sentencia y otras tantas, podemos afirmar, casi sin equivocarnos, que hay más jurisprudencia favorable a la asignatura de Religión y a su profesorado, que sobre todo el sistema educativo. Por eso una vez más, apelamos al sentido común, y a la actuación por parte de los responsables educativos sobre esta materia al margen de ideologías de uno u otro signo.
Partiendo de la libertad de expresión y de opinión que todos tenemos, o de que guste más o menos esta asignatura, o de que haya que mejorar determinas situaciones, es bueno recordar algunos puntos básicos: no es una asignatura obligatoria, sino opcional, que ayuda al alumnado en su formación integral, un alumnado que aborda el hecho religioso con madurez y libertad, que el profesorado que la imparte es un docente tan capacitado como los demás, que no es un privilegio de una u otra confesión religiosa, que su presencia en la escuela es constitucional y obedece a la demanda de las familias, que instancias internacionales, como por ejemplo el Consejo de Europa, recomiendan el estudio de las religiones, y así, en todos los sistemas educativos europeos está presente con normalidad esta asignatura, incluso en Finlandia, país referente por sus excelentes resultados educativos, se estudia religión.
Por eso, nos sorprende ver a estas alturas de la historia, cómo ciertos responsables educativos siguen permitiendo o promoviendo, situaciones que perjudican a esta asignatura o a su profesorado, y que los tribunales deben enmendar una y otra vez. Debe ser cosa del poder, pero un poder mal entendido.