Sobre la obligación de los docentes de suministrar medicamentos a los alumnos
29 de Marzo por FEUSO, publicado en Noticias
A veces, ante determinadas situaciones, es necesaria la administración de medicamentos a los alumnos durante el horario escolar. Ante esta demanda, pueden surgir en los centros algunos conflictos entre familias, profesores y equipo directivo, sobre todo por el temor y el miedo de los profesionales de la enseñanza a recibir algún tipo de denuncia por parte de los padres, ya sea por la mala administración del medicamento, alguna alergia o algún problema que pueda surgir con motivo de su administración.
Debemos partir de la base de que dentro de las funciones del docente no se encuentra la de administración de medicación, sobre todo cuando ésta, por su complejidad, supera el ámbito de lo que podríamos denominar “primeros auxilios”.
La interpretación jurisprudencial de los artículos 1902 y 1903 del Código Civil establece que los alumnos, desde el momento que entran en las dependencias del centro docente hasta que lo abandonan por haber concluido la actividad escolar, quedan sujetos a la vigilancia del profesorado, y esta obligación conlleva para estos últimos actuar con la diligencia de “un buen padre de familia”.