FEUSO y la UNIR promueven cursos de formación permanente para el profesorado

16 Mayo

16 Mayo 2011 por FEUSO | Formación (noticias)

Fruto del Acuerdo de Colaboración entre la Federación de Enseñanza de USO y la Universidad Internacional de la Rioja, que contempla importantes ventajas económicas para los afiliados a FEUSO, lanzamos ahora esta campaña para dar a conocer los Cursos de Formación Permanente del Profesorado que la UNIR acaba de difundir. Los afiliados a FEUSO tendrán un 10% de descuento en el importe de la matriculación.

 Los cursos que se ofertan son de dos tipos:

-Cursos de Aprofor homologados por el Ministerio de Educación. Son cursos de formación permanente del profesorado reconocidos, certificados y registrados según convenio de colaboración entre APROFOR y el Ministerio de Educación, válidos en todas las Comunidades Autónomas. Los cursos están diseñados pensando en las necesidades formativas actuales de los docentes. Son cursos entre 30 y 50 horas y la metodología es 100% online. Estos cursos se llevarán a cabo solamente si sale un número mínimo de preinscripciones.

-Cursos certificados por la Universidad Internacional de La Rioja.  Son Cursos de formación permanente del profesorado impartidos y certificados por la Universidad Internacional de La Rioja para ser registrados en el Ministerio de Educación o la Comunidad Autónoma correspondiente. La oferta es amplia, variada y rigurosa. Se ofertan Cursos de formación continua, de 35 a 50 horas ((0,2 puntos) y Cursos de Especialista Universitario, de 110 horas, 11 créditos (0,5 puntos). Cuentan con Apoyo Tutorial Continuo y las clases virtuales presenciales.

La Universidad Internacional de La Rioja tiene entre sus prioridades facilitar al profesorado la formación necesaria para asegurar la mejora de la calidad de la enseñanza, para lo cual ha realizado un amplio Plan de Formación Permanente del Profesorado. Los cursos realizados, podrán valorarse en cuantas convocatorias, concursos o actos administrativos las consideren como requisitos o méritos en sus bases.

Tendrán consideración de formación permanente del profesorado, a los efectos de reconocimiento, aquellas actividades encaminadas al perfeccionamiento y actualización del ejercicio educativo, directivo y docente de los profesores y del personal técnico-educativo, siempre que estas actividades cumplan los requisitos que la ley establece.

 

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