Promovida por FEUSO, sentencia en Illes Balears sobre la obligatoriedad de ofertar Religión en Bachillerato

15 Febrero

15 Febrero 2016 por FEUSO | Profesorado de religión

El 12 de febrero de 2016, FEUSO-Illes Balears ha recibido del Tribunal Superior de Justicia Illes Balears la sentencia sobre el Contencioso-Administrativo interpuesto en mayo de 2015 por la FEUSO. En dicha sentencia se declara que se vulneran los derechos fundamentales del artículo 16.1 de libertad ideológica y religiosa y el artículo 27.3 del derecho de los padres a educar a sus hijos en sus propias creencias.

Además, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia reconoce el derecho a la elección voluntaria de los alumnos de primero de Bachillerato de la asignatura de Religión en todos los Centros escolares de las Islas Baleares.

Por primera vez, un Tribunal reconoce la inconstitucionalidad de que los centros educativos no oferten esta materia.

En la Federación de Enseñanza de USO estamos muy satisfechos de que se respete la oferta obligatoria de la asignatura, los docentes y el derecho que tienen las familias de poder elegir dicha materia.

FEUSO expresa su preocupación por las modificaciones a raíz de la aprobación de la LOMCE, esperando que no afecte a los puestos de trabajo y no perder la dignidad de la asignatura, y seguirá trabajando para que este colectivo sea reconocido de igual manera y no pierda ningún derecho respeto a sus compañeros de claustro.

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