Qué debes saber sobre el reconocimiento médico
04 de Marzo por FEUSO, publicado en Noticias
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que el empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo (art. 22 de la ley 31/0995, de 8 de noviembre, de Prevención Riesgos Laborales). Estos reconocimientos (válidos solo para los puestos de trabajo que se evalúan) los deben realizar los servicios de prevención de riesgos laborales que la empresa tenga contratada y en caso de no realizarse, la empresa podría ser la responsable directa de cualquier problema que pudiera derivarse de enfermedad profesional.