En nuestro caso, como ya lo habíamos hecho en la reunión anterior, hemos dado por repetido lo dicho entonces a una parte importante de su propuesta (clasificación de personal, contratación...); y nos hemos centrado en aquellas otras cuestiones más complejas o que estaban pendientes de un estudio más profundo:
- En vacaciones de personal de servicios generales, hemos insistido en incrementarlas para corregir una disfunción que se produce respecto del personal de administración, quienes teniendo el mismo número de horas anuales, tienen dos días más de vacaciones;
- En cuanto al tratamiento de la paga por antigüedad, hemos pedido dejar bien concretado en el artículo (actual 61), además de los conceptos que la configuran, el momento en que de forma ordinaria debe producirse el abono, pues de lo contrario no tendría sentido posibilitar la negociación de esta cuestión en los acuerdos autonómicos; que habría que mejorar la redacción de la Disposición Transitoria con el fin de mantener el derecho o la expectativa de derecho de quienes estaban trabajando en los centros concertados con el III Convenio, como era la filosofía de la negociación de este concepto, y dejar perfectamente clara y resuelta la situación derivada de las jubilación parciales.
- Respecto del Anexo IV, hemos defendido la necesidad de mantener con carácter general y de obligado cumplimiento una reducción de carga lectiva cuando se alcancen determinadas ratios, lo que no impide ni va en perjuicio de las negociaciones que en esta materia se den en las comunidades autónomas, y beneficia a aquellas otras en que no hay negociación.
- También hemos recalcado la importancia y la necesidad de que se consideren como actividad lectiva otras tareas, además de las de impartir clase y exámenes, y que eso aparezca en el convenio.
Además, hemos insistido a la patronal en nuestra demanda de la reunión anterior por que concrete su respuesta en dos aspectos: en materia de jornada y en materia de retribuciones respecto de la que le hemos pedido que la cláusula de revisión sobre la que dijeron estaban reflexionando fuese de aplicación para los salarios de 2004, y se consolidase previamente a los los incrementos de 2005.
Para que no hubiese malas interpretaciones, hemos matizado que en las cuestiones sobre las que no habíamos hablado hoy, nos mantenemos en nuestras propuestas y anteriores; y que en cuanto al contrato por obra o servicio sobre el que han seguido insistiendo, que estábamos dispuestos a negociarlo dado que es una fórmula legal de contratación que se puede dar, y que preferimos regularlo aquí a que se aplique de forma unilateral, pero que no estamos de acuerdo con las condiciones que proponen la patronal.
De las respuestas que EyG ha dado hoy, conviene destacar dos detalles: ha aclarado en sentido positivo, como pedía USO en la reunión anterior, que al unificar las dos categoría de conductores se mantendría el salario de la más alta, y ha aceptado nuestra petición de que la cláusula de revisión tendría efectos sobre los salarios de 2004 y sería consolidable; en esta cuestión han dicho que tenían bastante avanzada su propuesta, pero que la formalizarían cuando avanzase más la negociación.
La próxima reunión será el 15 de diciembre.
FEDERACIÓN DE ENSEÑANZA-USO
Madrid, 3 de diciembre de 2004