14 Diciembre
14 Diciembre 2023 por FEUSO | Actualidad
Desde la Federación de Enseñanza de USO consideramos imprescindible que se apruebe un complemento para la nueva figura del Coordinador de Bienestar de todos los centros sostenidos con fondos públicos. Además, reclamamos que debe recibir la formación necesaria para una labor de tanta responsabilidad y se le deben asignar unas horas para poder ejercer de manera conveniente esta tarea.
- Responsabilidad adicional: La función del Coordinador de Bienestar, aprobada en la Ley de Protección Integral de la Infancia y Adolescencia, implica una gran responsabilidad para aquellos docentes que asuman esta labor, ya que están a cargo de problemas serios y acuciantes que a día de hoy se dan con mucha frecuencia en los centros educativos y que tienen que ver con casos de bullying, violencia, acoso y la salud mental y física de los estudiantes. Esta responsabilidad adicional debe ser compensada.
- Tiempo extra: La coordinación de Bienestar requiere tiempo adicional fuera del horario escolar normal para atender situaciones de emergencia o para planificar y ejecutar programas. Pocas Comunidades Autónomas han regulado convenientemente esta figura, aportando medios económicos para su eficaz puesta en marcha (como en su momento se hizo con el Coordinador del Covid). En la actualidad, los docentes que asumen esta tarea tienen que hacerla compatible con la ya larga lista de responsabilidades que los docentes tienen que llevar a cabo en su trabajo diario. Esto provoca un exceso de tareas que, sumadas a la creciente burocratización de muchas otras obligaciones, hacen que los docentes resten tiempo a su trabajo docente y a la atención del alumnado con más necesidades educativas.
- Formación especializada: Los Coordinadores de Bienestar a menudo necesitan formación especializada en áreas como la salud mental, la resolución de conflictos, el acoso escolar y la diversidad. Esta formación adicional debería ser reconocida y compensada. Salvo excepciones, poco se ha hecho en esta dirección en las Comunidades Autónomas.
- Impacto a largo plazo: El trabajo de un Coordinador de Bienestar puede tener un impacto significativo en la vida de los estudiantes a largo plazo y en toda la comunidad educativa. Este impacto positivo debería ser valorado y recompensado.
Tras la aprobación por el Pleno del Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar de la Guía “Coordinador o coordinadora de Bienestar y Protección en la Comunidad Escolar”, en noviembre de 2022, en cumplimiento de la Ley de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI), desde FEUSO reconocemos que ha habido pocos avances, aunque algunas Comunidades Autónomas han comenzado a desarrollar tímidamente su normativa. Al final, como nos temíamos, las tareas de este Coordinador han ido a parar a los docentes elegidos sin que haya habido ni una formación específica para desempeñar su puesto, ni unas horas concretas para poder dedicarse a esta tarea, ni tampoco ningún complemento salarial que valore este trabajo.
Para FEUSO, el profesorado está ya muy cansado y agobiado de la constante acumulación de tareas que tienen que realizar, que le alejan de su verdadera ocupación: la atención personalizada del alumnado. Por ello, entre otras medidas, reclamamos que disminuyan drásticamente las tareas y funciones burocráticas que afectan al profesorado y que, en concreto, el puesto del Coordinador de Bienestar reciba un complemento para desarrollar su trabajo. Es de justicia.