Comunidad de Madrid

Plazas de gratuidad para hijos de trabajadores de la enseñanza concertada curso 2024-25

08 Mayo

08 Mayo 2024 por FEUSO | Madrid

En el día de hoy, 7  de mayo, hemos constituido la Comisión de Madrid para la concesión de plazas de gratuidad para el curso  2024/25, dando con ello cumplimiento al Artículo 86 y al Anexo V del VII Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con fondos públicos.

Como todos los años, os enviamos el modelo de solicitud, el Acta con los acuerdos alcanzados y el procedimiento a seguir. ES IMPRESCINDIBLE ADJUNTAR LA FOTOCOPIA DE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA DE LA UNIDAD FAMILIAR DEL EJERCICIO DEL AÑO 2022 PARA SOLICITUDES DE HIJOS DE TRABAJADORES ESCOLARIZADOS EN CENTROS DIFERENTES AL DE SU TRABAJO.  En caso de no estar obligado, deberá aportar certificado negativo de esta situación, o en su defecto, un certificado de haberes emitido por la empresa donde presta servicios.

  1. El plazo de solicitud es hasta el 24 de mayo. El Centro sellará tres ejemplares y devolverá dos al trabajador con el fin de que éste se quede con uno original.
  2. En caso de denegación os lo deben de comunicar hasta el 5 de junio. En el caso de no comunicar la denegación por escrito, se entenderá automáticamente concedida (Anexo III Modelo Denegación)


En caso de denegación, el Centro estará obligado a enviar a su Entidad Empresarial, o en su defecto a la Comisión Provincial de Becas, el Anexo II debidamente cumplimentado, firmado y sellado, por correo certificado o correo electrónico (c/ Hacienda de Pavones 5, 2° dcha. o C/ Marqués de Mondéjar 29 y 31, 1°).

  1. El trabajador a quien se le hubiere denegado expresamente la beca dentro del plazo señalado anteriormente, deberá dirigir su reclamación por escrito a la Central Sindical que estime oportuna hasta el día 12 de junio junto con la copia de la solicitud (podéis enviarlo a madrid@feuso.es).
  2. Las centrales sindicales harán llegar la reclamación a las Organizaciones Empresariales hasta el 17 de junio.

En todas las comunicaciones realizadas de forma fehaciente, tanto por la empresa como por el trabajador, se establece como fecha de referencia la del envío de la comunicación (ya sea mediante burofax u otro medio que certifique el envío), en lugar de la fecha de recepción o llegada al destino.

  1. La Comisión se reunirá para estudiar las reclamaciones y resolverlas el 24 de junio.

Adjuntamos el Acta y el Modelo de Solicitud (anexo I). Por favor, haz extensiva esta información a los compañeros de tu centro a los que les pueda interesar.

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