
07 Mayo
07 Mayo 2025 por FEUSO | Madrid
Hoy, 7 de mayo, se ha constituido la Comisión de Madrid encargada de la concesión de las plazas de gratuidad para el curso 2025/26, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 86 y el Anexo V del VII Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos.
Como cada año, os remitimos el modelo de solicitud, el acta con los acuerdos adoptados y el procedimiento a seguir.
IMPORTANTE: Para las solicitudes de hijos escolarizados en centros distintos al de trabajo del progenitor, es imprescindible adjuntar una fotocopia de la declaración de la renta de la unidad familiar correspondiente al ejercicio 2023. En caso de no estar obligado a presentarla, se deberá aportar un certificado negativo o, en su defecto, un certificado de haberes emitido por la empresa donde se presta servicio.
Procedimiento y plazos
- Plazo de solicitud: hasta el 23 de mayo. El centro deberá sellar tres copias del formulario, devolviendo dos al trabajador, quien conservará una copia original.
- Denegaciones: en caso de denegación, esta debe ser comunicada al trabajador antes del 6 de junio. Si no se recibe una comunicación escrita, se entenderá que la solicitud ha sido concedida automáticamente (según el Anexo III – Modelo de Denegación).
En caso de denegación, el centro deberá enviar el Anexo II debidamente cumplimentado, firmado y sellado a su Entidad Empresarial o, en su defecto, a la Comisión Provincial de Becas, por correo certificado o electrónico (direcciones: C/ Hacienda de Pavones 5, 2º dcha. o C/ Marqués de Mondéjar 29-31, 1º).
- Reclamaciones: el trabajador cuya solicitud haya sido denegada podrá presentar una reclamación por escrito a la central sindical que considere oportuna hasta el 13 de junio, adjuntando copia de la solicitud. En el caso de FEUSO, podéis enviarla a: madrid@feuso.es
- Traslado a las organizaciones empresariales: las centrales sindicales remitirán las reclamaciones a las organizaciones empresariales antes del 18 de junio.
Se recuerda que, en todas las comunicaciones fehacientes, tanto de la empresa como del trabajador, se tomará como referencia la fecha de envío (burofax u otro medio que certifique el envío), no la de recepción.
- Resolución de reclamaciones: la Comisión se reunirá el 25 de junio para analizar y resolver las reclamaciones presentadas.
Adjuntamos el acta de la reunión y el modelo de solicitud (Anexo I). Os rogamos que difundáis esta información entre los compañeros de vuestro centro a quienes les pueda interesar.
Un cordial saludo,
FEUSO Madrid