
07 Agosto
07 Agosto 2025 por FEUSO | Madrid
Publicamos la Resolución de la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio por la que se dictan Instrucciones sobre la tramitación de los procedimientos relativos a la gestión del sistema de pago delegado de los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos, y a la financiación de las sustituciones del personal docente incluido en el sistema, así como a la gestión del personal docente cooperativista, de centros de convenio de módulo íntegro y de seminarios menores, a partir del curso 2025-2026.
Destacamos que en las instrucciones no aparece el párrafo de las instrucciones anteriores:
- “Con carácter general, no se financiarán las sustituciones para cubrir las ausencias cuya duración sea de 10 o menos días lectivos, ni tampoco se financiarán los primeros 10 días lectivos de las sustituciones por ausencias de una duración superior. Por consiguiente, las sustituciones de los primeros 10 días lectivos deberán ser cubiertas por el profesorado presente en el centro que la titularidad considere adecuado para ejercer esa tarea”.
Por lo que se puede considerar que la Consejería de Educación financiará las sustituciones del profesorado en Pago Delegado desde el primer día.