USO pide que conviertan en Proyecto de Ley las medidas para el empleo de Corbacho

13 Marzo

13 Marzo 2009 por FEUSO | Noticias

Para Julio Salazar, Secretario General de USO, “el conjunto de medidas de este Real Decreto Ley no contiene ninguna expectativa de que vaya a frenar la caída de empleo y, sin embargo, va a suponer menos ingresos a la ya maltrecha caja de la Seguridad Social”.  Este Real Decreto fue aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 6 de marzo.


El sindicato USO se ha dirigido por escrito a los portavoces de los grupos parlamentarios para pedirles que, ante la próxima convalidación que tiene que hacer la Cámara del Real Decreto-Ley 2/2009 de 6 marzo, de medidas urgentes para el mantenimiento del empleo y protección de las personas desempleadas, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 6 de marzo,  soliciten que el Real Decreto se tramite como Proyecto de Ley con objeto de ser debatido y mejorado en su paso por el Congreso de los Diputados.

El motivo fundamental, según ha explicado Julio Salazar, Secretario General de USO, es que “el conjunto de medidas que contiene este Real Decreto Ley no contienen ninguna expectativa de que vaya a frenar la caída de empleo, y sin embargo va a suponer menos ingresos a la ya maltrecha caja de la seguridad social”.  “Reducir las cotizaciones sociales a la Seguridad Social, en determinados supuestos, además de no generar empleo, sirve sólo para deteriorar aún más el  sistema público de protección social y muy especialmente el futuro de las pensiones”, apunta Salazar.

La USO está trabajando para alcanzar el diálogo y el acuerdo en todos los escenarios políticos y sociales. Para ello se ha dirigido a los parlamentarios a nivel nacional y regional, para que, a través de iniciativas legislativas se tomen medidas para salir de la crisis y proteger a los trabajadores, especialmente a los que se encuentran en situaciones más vulnerables.

Entre las propuestas que el sindicato ha transmitido a los grupos parlamentarios para introducir en ese futuro Proyecto de Ley destacan: 

 1.      Transformar las bonificaciones contempladas en el artículo 1 a la cotización empresarial a la Seguridad Social en los supuestos de regulaciones temporales de empleo en un aplazamiento o moratoria de las mismas durante un periodo no superior al 31 de diciembre de 2009. Las cantidades, una vez reintegradas, tendrán la consideración de excedente y serán ingresadas al fondo de reserva de la Seguridad Social. Lo dispuesto en este artículo será de aplicación a las empresas que se encuentren con un expediente de regulación de empleo con independencia del inicio del mismo y hasta el 31 de diciembre de 2009.
 2.      En relación con el artículo 3, que establece la reposición del derecho a la prestación por desempleo,  creemos que la misma debe extenderse a todo el periodo de prestación consumido por el trabajador o trabajadora que es abocado a la extinción de su contrato de trabajo, y que la misma debe mantenerse durante todo el tiempo que el trabajador esté afectado por la suspensión del contrato  a través de un expediente de regulación temporal. Lo dispuesto en este artículo será de aplicación a las empresas que se encuentren con un expediente de regulación de empleo con independencia del inicio del mismo y hasta el 31 de diciembre de 2011.
 3.      Les pedimos la supresión del artículo 5, que establece bonificaciones por la contratación indefinida de trabajadores beneficiarios de las prestaciones por desempleo. De aplicarse esta medida se producirá una exclusión de acceso al empleo del colectivo de parados con escasa o sin prestación de paro o subsidio, más de 1.400.000 en la actualidad. Las empresas a la hora de contratar buscarán parados con el máximo de prestaciones. La cartilla del paro sustituirá al currículo profesional del demandante de empleo.
 4.      También les solicitamos que se suprima las modificaciones planteadas en el artículo 6, en especial aquella que la bonificación aplicada será la resultante de incrementar en un 30% la jornada pactada. Se podría dar la paradoja que un empresario que necesitase realizar dos contrataciones a tiempo completo, optase por contratar a  tres a tiempo parcial, con lo que cubriría ampliamente la jornada de trabajo que necesita, pero no abonaría nada de Seguridad Social por ninguno de ellos, y con ese ahorro prácticamente uno le saldría gratis (como en las ofertas de los supermercados).

Más información en www.uso.es

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